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Publica Ley Olimpia el Diario Oficial de la Federación

  • Redacción
  • 31 may 2021
  • 1 Min. de lectura

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Este martes fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en materia de violencia digital y mediática, conocida como Ley Olimpia.


Con el fin de preservar la seguridad, integridad y derechos de todas las mujeres, esta ley prohíbe:


  1. Exponer, distribuir, exhibir, transmitir, comercializar, intercambiar, compartir audios, videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, aprobación, y/o autorización.

  2. Todo acto doloso que cause daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de mujeres y que se cometa por medio de las tecnologías de la información y comunicación.

  3. Que cualquier persona, física o moral, ejerza violencia mediática utilizando un medio de comunicación para atentar contra la autoestima, salud, integración, libertad y seguridad de las mujeres y niñas.

  4. Promover estereotipos sexistas a través de las tecnologías de la información que hagan apología de la violencia contra las mujeres y las niñas.

  5. Promover, producir o permitir la difusión de discurso de odio sexista, de discriminación de género y/o de desigualdad entre mujeres y hombres.


Sanciones:


Todo aquél que incurra en alguna de las acciones antes mencionadas será sancionado con una pena de tres a seis años de prisión, además de recibir una multa de entre 44 mil 810 y 89 mil 620 pesos.

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